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Determinar quién puede demandar por daños por lesiones

Ley de California sobre quién tiene derecho a demandar por daños y perjuicios

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Determinar quién puede demandar por daños por lesiones

Determinar quién puede demandar por daños por lesiones

Determinar quién puede demandar por daños por lesiones

Cuando una persona resulta lesionada, pueden surgir ciertos derechos legales por daños monetarios contra la persona que causó la lesión. Si bien es bastante claro que la persona lesionada puede demandar por daños y perjuicios, es más difícil determinar a quién más se le puede permitir demandar por daños y perjuicios al causante del daño. Según la ley de California, los siguientes son demandantes permitidos: 1) Adulto competente (cónyuge); 2) Persona Incompetente (Tutor o Curador); 3) Menor lesionado (tutor o padre); 4) Patrimonio de la Persona Perjudicada; 5) Empleador de la persona lesionada

Adulto competente (cónyuge) derecho a demandar

Por lo general, el líder y el único demandante en la recuperación de daños por demandas por lesiones es el adulto competente quien sufrió personalmente la lesión corporal. Sin embargo, en los casos en que la persona lesionada no opte por demandar, su cónyuge puede tratar de recuperar sus propios daños. En tales casos, el cónyuge se convierte en demandante.

  • Gastos Médicos del tratamiento: independientemente de que el perjudicado pague o haya tenido que pagar estos gastos, tiene derecho a recuperarlos. Si fue el cónyuge quien pagó o tuvo que pagar, se aconseja que reclame y recupere daños y perjuicios por gastos médicos.
  • Ganancias: hay dos maneras de recuperar tales daños. La primera y la forma más común, la persona lesionada puede reclamar y recuperar daños por su pérdida de ingresos y capacidad. En segundo lugar, puede renunciar a tal derecho y autorizar a su cónyuge a recuperar los daños y perjuicios como pérdida de los servicios del cónyuge.
  • Servicios a la Persona Lesionada: cuando los servicios a la persona lesionada son proporcionados por un cónyuge o una persona contratada, tanto la persona lesionada como su cónyuge pueden recuperar daños por tales costos.

Persona incompetente (tutor o curador) Derecho a demandar

Una demanda por una persona lesionada demente o incompetente se puede presentar de dos maneras. Primero, podría ser presentado a su nombre por el tutor o curador. En segundo lugar, por un tutor ad litem designado por el tribunal. Los daños perjudiciales sufridos por la persona incapaz deben distinguirse de los daños perjudiciales sufridos por su tutor, curador o patrimonio. Por lo tanto, los daños que pueden recuperarse por este tipo son los primeros.

En el caso en que se recuperaron los daños, la compensación otorgada a menudo se fija en una cuenta bloqueada que se paga a la persona incompetente solo por orden judicial.

Menor lesionado (tutor o padre) Derecho a demandar

De manera similar a las acciones realizadas en nombre de una persona incompetente, cualquier acción con fines de recuperación de daños debe ser sostenida por un tutor o un patrimonio ad litem. Los padres también pueden recuperar daños por algunos tipos de detrimento.

  • Lesión de los padres: los daños pueden ser recuperados por un menor por lesiones que ocurrieron ya sea que el menor haya nacido o no (en el vientre de su madre o naciendo).
  • Gastos medicos: Independientemente de si los padres o tutores pagaron o no estos gastos, cuando hay evidencia de que renunciaron a su causa de acción de recuperación de daños, un menor a través de sus padres o tutores o ad litem puede recuperar su parte razonable valor. A menos que los gastos hayan sido pagados con cargo al fondo del menor, los padres o tutores pueden recuperar su tratamiento médico.
  • Ganancias; Servicios a los padres: Tanto los padres o tutores como el menor podrán reclamar estos daños. Si el menor busca recuperarse, dada su edad, los ingresos y la capacidad de ganancia en este caso se dividen en períodos de minoría y mayoría. Durante la minoría, un menor puede recuperar la pérdida de ingresos. Él / ella también puede recuperarse por deterioro de la capacidad de ingresos durante la minoría y la mayoría. Si los padres o tutores toman medidas, pueden recuperar la pérdida de los servicios del menor y su pérdida monetaria resultante de sus contribuciones monetarias perdidas.
  • Servicios al Menor Lesionado: Como alternativa a la demanda por niño, los daños por gastos de bolsillo, el valor de los servicios prestados por los padres pueden recuperarse bajo una causa seguida por los padres de un menor lesionado.

Derecho patrimonial de la persona lesionada a demandar

Estos generalmente incluyen facturas médicas, salarios perdidos, gastos de bolsillo y daños punitivos. Los daños irrecuperables incluyen dolor y sufrimiento.

Derecho del empleador de la persona lesionada a demandar

Aunque hay algunas excepciones, generalmente se sabe que un empleador corporativo no puede recuperar daños por lesiones a un empleado, ganancias o el negocio en su conjunto.

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